Cuando una empresa contrata a alguien, el salario que ve el candidato en su recibo de nómina es solo una parte de lo que realmente paga la empresa. A ese salario se suman las cuotas obrero-patronales del IMSS, la aportación al INFONAVIT, el Impuesto Sobre Nómina de tu estado, el aguinaldo y la prima vacacional. En muchos casos, el costo real termina siendo entre 25% y 35% más alto que el salario bruto mensual.

Esta calculadora de costo por empleado te permite estimar ese costo total desde tres puntos de partida distintos: desde el salario bruto que planeas ofrecer, desde el salario neto que quieres que reciba la persona, o desde el presupuesto mensual que tienes disponible para el puesto.

Tasa referencial 2026; algunas entidades aplican rangos o exenciones. Verifica con la ley de hacienda local.

Prima media por clase (Art. 73 LSS). Tu prima real puede diferir según tu siniestralidad registrada ante el IMSS.

Costo total mensual para la empresa $0.00
Costo total anual $0.00
Salario bruto mensual usado $0.00
Neto estimado que recibe el trabajador $0.00

Desglose mensual del costo patronal

Cálculo orientativo con fines informativos, no constituye asesoría fiscal ni laboral. Cifras 2026: UMA diaria $117.31 (INEGI), salario mínimo general $315.04/día (CONASAMI, DOF 09-dic-2025), tarifa ISR mensual Art. 96 LISR, cuotas IMSS Art. 25/71-74/106-107/147 LSS, INFONAVIT Art. 29 fr. II, tabla de vacaciones Art. 76 LFT reformado (vigente desde 2023). El subsidio para el empleo en el tramo de disminución gradual se aproxima linealmente. Verifica siempre con tu contador antes de tomar decisiones. Última actualización de cifras: agosto 2026.

¿Qué incluye el costo total de un empleado?

El costo patronal completo de una persona contratada bajo un esquema de nómina (relación laboral subordinada) se compone de los siguientes elementos:

  • Salario bruto mensual: lo que se pacta con la persona antes de cualquier deducción.
  • Cuotas IMSS patronales: lo que la empresa paga al Instituto Mexicano del Seguro Social por cada trabajador afiliado.
  • INFONAVIT: aportación patronal del 5% sobre el Salario Base de Cotización (SBC).
  • Impuesto Sobre Nómina (ISN): impuesto estatal que varía según la entidad donde esté ubicado el centro de trabajo.
  • Aguinaldo: mínimo 15 días de salario al año (Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo).
  • Prima vacacional: mínimo 25% del salario correspondiente al periodo vacacional (Artículo 80 LFT).

Muchas calculadoras solo muestran las cuotas IMSS y omiten el aguinaldo y la prima vacacional al mensualizar el costo, lo que hace ver la contratación más barata de lo que realmente es. Esta calculadora los incluye siempre, porque son obligaciones de ley, no prestaciones opcionales.

Cuotas IMSS patronales: de qué se componen

Las cuotas obrero-patronales del IMSS se calculan sobre el Salario Base de Cotización (SBC), que no es igual al salario nominal: incluye una parte proporcional del aguinaldo y la prima vacacional (el llamado “factor de integración”). Los conceptos que paga el patrón son:

Concepto Cuota patronal Base
Enfermedades y Maternidad (cuota fija) 20.40% 1 UMA mensual
Enfermedades y Maternidad (excedente) 1.10% SBC que exceda 3 UMA
Enfermedades y Maternidad (prestaciones en dinero) 0.70% SBC
Gastos médicos para pensionados 1.05% SBC
Invalidez y Vida 1.75% SBC
Guarderías y prestaciones sociales 1.00% SBC
Retiro 2.00% SBC
Cesantía en edad avanzada y vejez 3.15% (tasa base) SBC
Riesgos de trabajo Variable, según clase de riesgo (I a V) SBC

La cuota de riesgos de trabajo depende de la clase de riesgo asignada a la empresa según su actividad económica (Artículo 73 de la Ley del Seguro Social). Como referencia, la prima media de cada clase es:

Clase Prima media Tipo de actividad
I 0.54% Riesgo mínimo (oficinas, comercio, servicios)
II 1.13% Riesgo bajo
III 2.60% Riesgo medio
IV 4.65% Riesgo alto
V 7.59% Riesgo máximo (industria pesada, construcción)

Nota: la prima que realmente le corresponde a cada empresa después de su primer año puede ser distinta a la media de su clase, porque el IMSS la ajusta anualmente según la siniestralidad (accidentes y enfermedades de trabajo) registrada por esa empresa en particular.

Impuesto Sobre Nómina (ISN): varía por estado

El ISN es un impuesto local que cada estado fija de forma independiente, por lo que no hay una tasa única a nivel nacional. La mayoría de los estados aplica una tasa de alrededor del 3%, pero algunos son más altos: Baja California y Quintana Roo aplican 4.25% y 4% respectivamente, y la Ciudad de México y Chihuahua aplican 4%. Otros estados, como Aguascalientes, aplican tasas menores (2.5%). Antes de presupuestar una contratación conviene confirmar la tasa vigente en la ley de hacienda del estado donde estará el centro de trabajo, ya que estas tasas cambian con cierta frecuencia por reformas locales.

Aguinaldo y prima vacacional: obligaciones que se olvidan al presupuestar

El aguinaldo mínimo de 15 días de salario y la prima vacacional mínima de 25% son percepciones anuales, pero para efectos de presupuesto conviene “mensualizarlas” (dividir el costo anual entre 12) para saber cuánto representan mes a mes dentro del costo total del puesto. Son obligaciones de la Ley Federal del Trabajo, no beneficios opcionales, así que cualquier estimación de costo de contratación que no las incluya está subestimando el gasto real.

Días de vacaciones según antigüedad (reforma “Vacaciones Dignas”)

Desde el 1 de enero de 2023, la Ley Federal del Trabajo aumentó el mínimo de días de vacaciones, especialmente en los primeros años de la relación laboral. Esto también incrementa el costo de la prima vacacional, porque se calcula sobre más días. La tabla vigente (Artículo 76 LFT reformado) es:

Años de antigüedad Días de vacaciones
1 año 12
2 años 14
3 años 16
4 años 18
5 años 20
6 a 10 años 22
11 a 15 años 24
16 a 20 años 26
21 a 25 años 28
26 a 30 años 30

Después del año 30, el patrón sigue siendo sumar 2 días adicionales por cada 5 años de servicio.

Ejemplo práctico: salario bruto de $20,000 en Ciudad de México

Para un empleado con salario bruto de $20,000 mensuales, contratada en Ciudad de México (ISN 4%), en un puesto de riesgo bajo (clase II) y con 1 año de antigüedad, el costo mensual aproximado para la empresa se compone así:

Concepto Monto mensual aproximado
Salario bruto $20,000.00
Cuotas IMSS patronales ~$3,100.00
INFONAVIT ~$1,050.00
Impuesto Sobre Nómina (4%) $800.00
Aguinaldo mensualizado ~$820.00
Prima vacacional mensualizada ~$165.00
Costo total mensual aproximado ~$25,900.00

Es decir, un salario bruto de $20,000 termina costándole a la empresa cerca de $25,900 al mes: aproximadamente 30% más que el salario nominal. Los montos exactos cambian según el estado, la clase de riesgo y la antigüedad del puesto, por eso conviene calcular cada caso de forma particular en lugar de usar un porcentaje fijo genérico.

Preguntas frecuentes

¿El salario que uso para calcular el ISR es el mismo que uso para el IMSS?

No necesariamente. El ISR se retiene sobre el salario nominal gravable, mientras que las cuotas IMSS se calculan sobre el Salario Base de Cotización (SBC), que integra una parte proporcional del aguinaldo y la prima vacacional y por eso suele ser más alto que el salario nominal.

¿Por qué mi clase de riesgo de trabajo puede ser distinta a la prima media de mi giro?

La prima media es solo el punto de partida para empresas nuevas. A partir del segundo año, el IMSS ajusta la prima de cada empresa según su propia siniestralidad (accidentes y enfermedades de trabajo registrados), por lo que puede subir o bajar respecto a la media de su clase.

¿El Impuesto Sobre Nómina se paga en todos los estados?

Sí, todos los estados de México cobran algún tipo de Impuesto Sobre Nómina, pero cada uno fija su propia tasa y puede tener exenciones específicas (por ejemplo, para empresas que contratan personas con discapacidad, o para nóminas por debajo de cierto monto). Conviene revisar la ley de hacienda del estado correspondiente.

¿Qué pasa si le doy más prestaciones de las mínimas de ley (vales de despensa, fondo de ahorro, seguro de gastos médicos mayores)?

Esas prestaciones adicionales representan un costo extra para la empresa que se suma al costo total, y en algunos casos tienen un tope de exención fiscal parcial ligado a la UMA. El cálculo detallado de esos topes depende del tipo de prestación y conviene revisarlo con un contador, ya que la normativa aplicable es distinta a la del salario y las cuotas obligatorias.

¿Esta calculadora sustituye el cálculo de nómina de mi contador?

No. Es una herramienta de estimación para presupuestar contrataciones y comparar escenarios, no un sistema de nómina. Antes de contratar o de ajustar sueldos, verifica los montos exactos con tu contador o tu proveedor de nómina, especialmente en casos de sueldos muy altos, esquemas mixtos de pago, o trabajadores con condiciones particulares (pensionados, salario mínimo, etc.).

Fuentes

Cifras vigentes en 2026: Unidad de Medida y Actualización (UMA) publicada por INEGI, salario mínimo publicado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) en el Diario Oficial de la Federación, tarifa de ISR mensual (Artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta), cuotas obrero-patronales (Artículos 25, 71 a 74, 106, 107 y 147 de la Ley del Seguro Social), aportación al INFONAVIT (Artículo 29, fracción II de la Ley del INFONAVIT), y tabla de vacaciones (Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, reformado por el decreto de “Vacaciones Dignas” vigente desde el 1 de enero de 2023). Última actualización de las cifras usadas en esta calculadora: agosto de 2026.

 

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