Este año entra en vigor una nueva medida con la cual los contribuyentes podrán emitir y solicitar facturas de manera instantánea al pagar con sus tarjetas.
Esta nueva disposición género un gran revuelo entre los contribuyentes debido a que no se definió en que consistía la medida, por ello aquí te explicamos los mitos y realidades de esta nueva opción de facturación.
Mito: Se fiscalizarán todos los gastos que haga con tu tarjeta para comprobar su existen diferencias entre sus ingresos y gastos.
Realidad: Se trata de una medida de facilitación. Actualmente ya se especifica su pago con tarjeta transferencia cheque o efectivo.
Mito: Será obligatoria la expedición de factura instantánea.
Realidad: Cada comercio y consumidor decidirán si la expiden o la solicitan.
Mito: Todas las tarjetas tendrán integrado el RFC.
Realidad: Usted decidirá si quiere incluir el RFC; cada banco decidirá el proceso para incorporarlo.
Mito: Deberás pagar IVA en todas tus compras.
Realidad: El IVA es un impuesto que se aplica directamente a los productos, servicios y bienes, por ende siempre se paga.
Si quieres deducir este impuesto puedes utilizar una calculadora de IVA para conocer cuando has pagado y puedas considerarlo en tu declaración mensual
¿Cómo se realizará la facturación instantánea?
- El contribuyente de estar dado de alta ante el SAT. Todas las tarjetas de débito y crédito podrán facturar por esa vía excepto las departamentales.
- Cada institución definirá el proceso para incluir el RFC en el chip de sus tarjetas.
- Al momento de hacer una compra podrá elegir si desea o facturar de esta manera.
- Dentro de sus comprobante de pago se incluirá un código QR con l información de la factura.
- La información pasará automáticamente al portal del SAT.
- En caso de cancelación, ésta se llevará a través del proceso actual, dentro del portal del fisco o del proveedor contratado.
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