La declaración anual se aproxima y conocer cuáles son las deducciones autorizadas para personas morales puede marcar la diferencia para obtener un saldo a favor al final de este ejercicio, así que toma nota.
Cuáles son las Deducciones Autorizadas para Personas Morales
Dichas deducciones las podemos encontrar enlistadas en la Ley del Impuesto sobre la Renta en el Artículo 25 sin embargo, considero importante poner principal atención en los Costos, los Gastos y las Inversiones, puesto que es donde encontrarás la mayoría de los montos a deducir.
Costo de lo Vendido
Son todos aquellos productos (materia prima) que se necesitaron para poder producir cualquier bien o servicio.
Por ejemplo, si tu empresa vende escritorios, se tomará en cuenta como “costo” todo aquello que utilices para su fabricación, como la madera, el barniz, pegamento, clavos, etc.
Sin embargo, la ley indica que estos montos sólo pueden ser deducibles una vez que el producto haya sido vendido.
Gastos de Venta
Son aquellos conceptos que se utilizan una vez que el producto se haya terminado siempre y cuando estén relacionados con el mismo.
Por ejemplo, una vez que los escritorios estén terminados, comienzan los gastos de venta como el almacenamiento, distribución, promoción, venta, etc.
A diferencia de los costos de venta, los gastos se pueden ser deducidos en el momento de que éste movimiento se lleve a cabo.
Gastos Administrativos
Se refiere a todo lo que se necesite día a día para operar sin importar que estés ofreciendo un producto o un servicio.
Seguro estás familiarizado con los gastos básicos, renta, luz, servicio de agua, consumibles, internet, artículos de limpieza, telefonía, etc.
Aunque no debemos olvidar que hay gastos que no deben de mezclarse, por ejemplo, si se compran artículos de limpieza, en el ticket del supermercado no debe estar incluido un shampoo de bebé, puesto que todo el ticket será rechazado, a menos que este producto esté ligado directamente con el giro de la empresa.
Inversiones
Son aquellas compras ya sean tangibles o intangibles que se empleen para que la producción y venta del bien o servicio se pueda llevar a cabo.
Por ejemplo, para la producción de los escritorios la compra de una maquinaria que grabe ciertos diseños en ellos será una inversión de un bien tangible; o bien la capacitación para la aplicación de una resina especial, es una inversión en un bien intangible.
Para que la idea quede más clara, todos los activos fijos son una especie de inversión, ya que son elementos que nos ayudan a que nuestra producción se realice de forma más sencilla y tienen una larga duración, como la herramienta, maquinaria, licencias de diseño, capacitaciones para manejo de nuevas técnicas, etc.
Cabe mencionar que la Ley en este caso tiene algunas aclaraciones en los montos a deducir, es decir, si compramos una maquinaria muy costosa, esta puede ser deducida en un lapso de 3 o 5 ejercicios fiscales o más, aunque se deberá tomar en cuenta la depreciación.
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Otras Deducciones Autorizadas para Empresas
- Devoluciones, Descuentos o Bonificaciones. Una vez que los artículos son vendidos y éstos son devueltos o bien reciben de algún descuento, se genera un impuesto a favor, ya que al momento de venderlos se están pagando los impuestos completos y estos mismos deben ser devueltos.
- Pagos a Servicios Profesionales. Siempre y cuanto estén ligados a la operación principal de la empresa.
- Cuotas Pagadas al IMSS e Infonavit. Las cuotas que los patrones pagan al IMSS o Infonavit a favor del trabajador también deben ser deducidas en la declaración anual, así como las aportaciones dadas al seguro de desempleo y al fondo de jubilación.
- Impuestos sobre Nóminas.
- Créditos Incobrables. Cuando en una empresa se manejan pagos a créditos es muy común que tengamos algún cliente que deje de pagar, las notas de crédito que la Ley determina como no cobrable dan el beneficio de deducción, aunque cabe mencionar que dicho ingreso que como empresa ya no tuvimos, pasará al deudor como ingreso y ahora será él el responsable del pago del impuesto.
- Inventarios Obsoletos. Aquellas compras que ya no pueden ser usadas para la producción y se toman como pérdidas.
- Las Pérdidas por Caso Fortuito. En el caso de que por alguna causa externa se pierda algún bien de la empresa, esta pérdida también deduce impuestos. Por ejemplo si en un huracán se descompone una maquinaria o equipo de cómputo.
- Ajuste Anual por Inflación que corresponda al ejercicio, conforme lo que marca el artículo 44 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Intereses a cargo. Es decir, como empresa tenemos algunos créditos o préstamos que generen intereses, estos pueden ser deducibles.
- Gastos de Viaje. Siempre y cuando éstos estén amparados por un plan de trabajo o de capacitación y no excedan de las siguientes cantidades:
- Alimentación: $750 diarios si se encuentra en territorio nacional y $1500 si se encuentra en el extranjero.
- Transportación: $850 diarios sin importar si sea nacional o extranjero.
- Hospedaje: $3850 diarios ya sea nacional o extranjero.
- Obsequios y Atenciones con el fin de Venta. Es decir que los artículos promocionales (playeras, gorras, encendedores, cilindros, etc.) que se ofrecen de forma general a los clientes con la finalidad de incentivar la venta pueden ser deducibles.
- Renta de Aviones y Barcos. Siempre y cuando sea necesario para la comercialización de los productos y cuente con la autorización del Gobierno Federal.
- Donativos. Otorgados a Fundaciones o Asociaciones sin fines de lucro legalmente constituidos y no rebasen el 7% de las utilidades del ejercicio anterior.
Deducciones No Autorizadas para Personas Morales
Según la Ley del ISR en su artículo 28 nos señala que los conceptos que no se tomarán como deducciones autorizadas para personas morales son:
- Pago de ISR del Contribuyente o Terceros. Es decir que el ISR que se retiene a favor de los empleados o que como dueños se deben de declarar, no pueden ser deducidos.
- Gastos o Inversiones que amparen el total de ingresos del contribuyente. Por decir, tengo un ingreso total de $1,000,000 y compro una avioneta que ese mismo precio.
- Obsequios, Atenciones y Gastos Análogos Particulares. O sea, todos aquellos conceptos que no estén relacionados con la venta en general, por lo tanto, si deseas hacerle un regalo en especial a un solo cliente (tablet, reloj, etc.), éste no podrá ser deducido.
- Gastos de Representación.
- Gastos de Viaje. Cuando no se destinen al uso exclusivo de hospedaje, alimentación y transportación a favor de una persona con relación comprobable con la empresa y amparado por un plan de trabajo que justifique dichos gastos, sin importar que sea en territorio nacional o extranjero.
En este apartado también cabe mencionar que no serán tomados como gastos de viaje cuando éstos estén en una franja de menos de 50 km a la redonda del domicilio de la empresa.
- Sanciones e Indemnizaciones por Daños. En este caso aplican cuando dichos daños se hayan infringido de forma internacional o por accidente, es decir, si la maquinaria de una fábrica sufre daños por un mal manejo, la deducción de impuestos no procede, solo en casos fortuitos como una catástrofe natural.
- Pago de IVA e IEPS.
- Consumo de Restaurantes. Si como empresa se consume en un restaurante con los empleados, el gasto no será deducible en un 91.5%, pero el 8.5% restante si puede ser deducido. Sin embargo, si el establecimiento tiene el giro de bar, el consumo no será deducible.
- Pagos por Servicios Aduaneros.
- Anticipos Pagados por Materias Primas, Mercancías y Productos Semiterminados, sin importar que estén ligados directa o indirectamente con la producción.
Requisitos de las Deducciones Autorizadas para Personas Morales
Para que las deducciones sean autorizadas, estás deben de cumplir con los siguientes requisitos:
-
- Ser indispensablemente necesarios para la producción del bien o el servicio de la causa social.
- Estar amparado por un comprobante fiscal digital por Internet.
- Realizar los pagos a través de transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo, tarjeta de crédito, débito o de servicios autorizados por el Banco de México y el SAT, y de la cuenta de la persona moral.
En el caso de efectuar el pago con un cheque nominativo se deberá colocar “para abono en cuenta del beneficiario”.
- Las deducciones deben estar registradas en los libros contables y solo deben aparecer una vez.
- Deben de corresponder al mismo periodo fiscal.
Tu sistema de contabilidad en México puede llevar estos registros para hacer una consulta en cualquier momento.
Declaración Anual de Impuestos
La declaración anual para las personas morales está a la vuelta de la esquina, ésta se debe de presentar a más tardar el 31 de Marzo.
La declaración anual tiene como objeto determinar el resultado del año fiscal, en el que se determinará los impuestos que se deben pagar durante el ejercicio y el índice de ganancias, mismas que darán pauta al PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), pero eso es objeto de otro artículo.
Si te interesa conocer más de la declaración anual, te invito a leer el siguiente artículo: Todo lo Básico de la Declaración de Impuestos ¿Cuándo y Cómo se hace?
El conocer los conceptos de estas deducciones y los requisitos que debemos cumplir nos dará una ventaja que permita pagar muchos menos impuestos en la declaración anual, no los olvides, y cuéntame si te funciona…
Preguntas Frecuentes Deducciones Autorizadas Personas Morales
¿Qué son las deducciones autorizadas para personas morales?
Las deducciones autorizadas son los egresos que como empresa tienes emplear para lograr la correcta producción de un bien o servicio del objeto social.
Estos egresos graban impuestos, mismos que son pagados al momento de adquirirlos, por lo tanto al final de la declaración se toman en cuenta para la deducción de impuestos a pagar.
¿Qué Ley establece las deducciones autorizadas para los contribuyentes?
La Ley del Impuesto Sobre la Renta es la encargada de regir las reglas fiscales para la autorización de deducciones y sus requisitos.
En el caso de las personas morales, los artículos 25, 27 y 28 de esta ley desglosan la información respecto a las deducciones.
¿Cuáles son las deducciones autorizadas para personas morales?
Existe una larga lista de deducciones autorizadas, sin embargo, las principales se pueden englobar en costos de venta, gastos de venta, gastos administrativos e inversiones.
¿Son deducibles los gastos de medicinas?
No, los gastos médicos no son deducibles ni las medicinas en el caso de empresas.
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